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Líneas de Avales ICO

Con una dotación de 140.000 millones de euros, las nuevas Líneas Avales ofrecidas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para autónomos, pymes y empresas, estarán disponibles para financiar las ...

25/11/2019  Redacción EmprendedoresQuién te ayuda a emprender
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Estas Líneas de Avales forman parte del catálogo de medidas que el Gobierno, a través del  Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, ha aprobado para facilitar el mantenimiento del empleo, preservar la actividad del tejido productivo y paliar los efectos económicos de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19

Las Líneas de Avales tienen una dotación de 140.000 millones de euros y están dirigidas a autónomos, pymes y empresas, para financiar las necesidades de liquidez y promover proyectos de inversión. El Instituto de Crédito Oficial (ICO) ha sido el encargado de gestionar estas líneas a través de las entidades financieras, utilizando su esquema de colaboración público-privada que ha facilitado que la financiación llegue a las empresas en tiempo récord, gracias a la capilaridad de las entidades de crédito.

Recientemente el Gobierno ha ampliado el alcance de estas Líneas de Avales extendiendo el plazo de amortización de las operaciones avaladas hasta un máximo de ocho años y el plazo de solicitud de los préstamos avalados hasta el 1 de junio de 2021.

Estas son las principales características de Las Líneas de Avales ICO.

Línea de Avales Liquidez, por importe de hasta 100.000 Millones de €

El objetivo de esta Línea es atender necesidades de financiación como pagos de salarios, facturas de proveedores pendientes de liquidar, alquileres de locales, oficinas e instalaciones, gastos de suministros, necesidad de circulante, otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias. Esta Línea está sujeta a la normativa de ayudas de Estado de la UE

Los trabajadores autónomos, pymes y empresas interesados en acogerse a esta línea deberán dirigirse a cualquiera de las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago o entidades de dinero electrónico que operan en esta línea. 

La entidad financiera decidirá sobre la concesión de la correspondiente financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.

Pueden ser avalados los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación, y renovaciones de operaciones otorgados a autónomos y empresas de todos los sectores de actividad que tengan domicilio social en España y que se hayan visto afectados por los efectos económicos de la  COVID-19.

El porcentaje máximo de cobertura del aval en el caso de autónomos y pymes el aval garantizará el 80% del principal de las nuevas operaciones de financiación y de las renovaciones y para el resto de empresas, que no tengan la consideración de pyme, el aval cubrirá el 70% en el caso de nuevas operaciones de préstamo y el 60% para renovaciones.

Novedades:

 •La extensión del plazo de amortización de los préstamos es una de las novedades que se han incorporado recientemente. En el caso de las operaciones avaladas por el Estado formalizadas antes del 18 de noviembre de 2020 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 34/2020), el plazo de vencimiento de los avales se extenderá por un período máximo de tres años, siempre que el total de la operación avalada no supere los ocho años desde la fecha de formalización inicial de la operación. 

Las nuevas operaciones que se firmen en el marco de esta Línea también podrán tener un plazo de amortización de hasta ocho años.

•Asimismo, se podrá solicitar la ampliación del plazo de carencia de las operaciones firmadas antes del 18 de noviembre en la amortización del principal de la operación de financiación avalada en un máximo de doce meses adicionales, siempre que el plazo total de carencia, teniendo en cuenta el plazo inicial no supere los 24 meses.

Requisitos:

Los autónomos y las empresas que quieran solicitar la ampliación del plazo de vencimiento y/o periodo de carencia de operaciones firmadas antes del 18 de noviembre tienen que cumplir los siguientes requisitos:

  • Que el deudor solicite la ampliación en la entidad financiera que le concedió la financiación avalada.
  • Que la operación de financiación avalada no esté en mora (impagada más de 90 días), ni tampoco lo esté ninguna de las financiaciones restantes otorgadas por la entidad al mismo cliente.
  • No figurar en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) en la fecha de formalización de la extensión.
  • Que la entidad financiera no haya comunicado a la entidad concedente del aval ningún impago de la operación avalada con el deudor en la fecha de la formalización de la extensión.
  • Que el deudor no esté sujeto a un procedimiento concursal.
  • Que la financiación avalada, concedida en el marco de la Línea de Avales Liquidez del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, para la que se solicita la ampliación de plazos o periodo de carencia se haya formalizado antes del día 18 de noviembre de 2020.
  • Que el deudor cumpla, para solicitar la extensión del aval, con los límites establecidos en la normativa de Ayudas de Estado de la Unión Europea.

Más información sobre condiciones y requisitos para solicitar la extensión de plazos de vencimiento y de carencia

Otra novedad es que el plazo para solicitar garantías con cargo a la Línea de Avales es hasta el 1 de Junio de 2021.  Este plazo se ha extendido tras su  aprobación en el último Acuerdo del Consejo de Ministros del 24 de noviembre de 2020. 

El plazo podrá ampliarse, siempre en línea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros.

Líneas de Avales ICO
Últimos datos de la Línea de Avales Liquidez.

Línea de Avales Inversión, por importe de hasta 40.000 Millones de €

Esta segunda línea de avales por un importe de 40.000 millones de euros, aprobada por el Real Decreto-ley 25/2020 de 3 de julio  tiene como finalidad avalar la financiación concedida a empresas y autónomos tanto para seguir cubriendo las necesidades de liquidez como para impulsar las inversiones que las empresas han de acometer para adaptar o ampliar sus capacidades productivas o para la reapertura de su actividad.

Hasta el momento según se establece en los Acuerdos de Consejo de Ministros de 28 de julio, y 24 de noviembre de 2020, se han activado dos tramos con la siguiente distribución:

  • Primer tramo. 8.000 millones de euros, de los cuales 5.000 millones € para pymes y autónomos y 3.000 millones € para empresas no pyme.
  • Segundo tramo, por importe de 2.550 millones de euros, destinado a avalar operaciones de financiación a empresas y autónomos que estén en fase de ejecución del convenio concursal dentro de un procedimiento de concurso de acreedores, pero que se encuentran al corriente de sus obligaciones conforme al convenio y puedan acreditarlo mediante informe judicial o del administrador.

NOVEDAD: Con la aprobación del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre y el Acuerdo del Consejo de Ministros del 24 de noviembre, se amplía el plazo de solicitud de los avales hasta el 1 de junio de 2021.

Información primer tramo 8.000 millones de euros:

El objetivo de la Línea es promover y apoyar la concesión de nueva financiación a autónomos y empresas, para que puedan llevar a cabo nuevas inversiones en España como finalidad principal, destinadas a adaptar, ampliar o renovar sus capacidades productivas y de servicios o para el reinicio o reapertura de su actividad.

La financiación avalada no podrá destinarse al pago de dividendos ni de dividendos a cuenta ni a una finalidad diferente a la establecida.

Se tramita de la misma forma, los trabajadores autónomos, pymes y empresas interesados en acogerse a esta línea deberán dirigirse a cualquiera de las entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago o entidades de dinero electrónico que operan en esta línea.

La entidad financiera decidirá sobre la concesión de la correspondiente financiación al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y políticas de concesión y riesgos.

Pueden ser avaladas todas las modalidades de financiación elegibles serán nuevos préstamos, leasing, renting, confirming y otras  modalidades de financiación, otorgados a autónomos y empresas de todos los sectores de actividad que tengan domicilio social en España y que se hayan visto afectados por los efectos económicos del COVID-19.  Más información

El porcentaje máximo de cobertura del aval es en el caso de autónomos y pymes como máximo al  80% del principal de la operación y para el para el resto de empresas, que no tengan la consideración de pyme, el aval cubrirá como máximo el 70% del principal de la operación.  

El plazo de amortización y la vigencia del aval, coincidirá con el plazo de la operación, hasta un máximo de 8 años.

NOVEDAD: El plazo de solicitud del aval por parte de las entidades financieras para los préstamos y operaciones suscritas con autónomos y empresas se ha extendido hasta el 1 de junio de 2021, tras la aprobación del último Acuerdo del Consejo de Ministros del 24 de noviembre de 2020.

Información segundo tramo para empresas en convenio de acreedores:

Este tramo está destinado a avalar operaciones de financiación a empresas y autónomos que estén en fase de ejecución del convenio concursal dentro de un procedimiento de concurso de acreedores, pero que se encuentran al corriente de sus obligaciones conforme al convenio y puedan acreditarlo mediante informe judicial o del administrador.

El Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2020 aprueba su  activación por importe de 2.550 millones de euros de la Línea de Avales establecida por el Real Decreto-ley 25/2020 de 3 de julio.

De esta forma, aquellas empresas que se encuentren en fase de ejecución de convenio, que hayan saneado sus cuentas y cumplan con las obligaciones establecidas, pero todavía no hayan ejecutado la integridad del convenio, pueden acceder a avales públicos en condiciones similares al resto de empresas españolas que se han visto afectadas por la crisis de la Covid-19.

Este tramo se divide a su vez en dos subtramos

1º) 2.500 millones de euros para avalar financiación de entidades financieras concedida a empresas y autónomos en fase de convenio concursal, se pueden avalar los préstamos y otras operaciones otorgados a empresas en fase de convenio, que tengan domicilio fiscal en España y se hayan visto afectadas por los efectos económicos de la COVId-19. 

El importe nominal máximo del aval por cliente tendrá una cobertura máxima del 80% del importe nominal del préstamo concedido a pymes y autónomos y del 70% para empresas no pyme.

El plazo de solicitud de los avales es hasta el 1 de junio de 2021 y las empresas que deseen solicitarlo deben dirigirse a las entidades financieras que operan en la Línea de Avales.

El plazo del aval emitido coincidirá con el plazo de la operación, hasta un máximo de 8 años. Más información

2º) 50 millones de euros para avalar las emisiones de programas de pagarés incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) antes del 19 de noviembre (fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 34/2020), emitidos por empresas que estén en fase de ejecución de convenio concursal, siempre que estos hubiesen sido efectivamente renovados e incorporados al MARF con carácter previo al otorgamiento de avales.

Líneas de Avales ICO
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