La pérdida de vidas es siempre el mayor drama cuando ocurre una catástrofe como la causada por la DANA que asoló nuestro país la semana pasada.
Y aunque las pérdidas materiales sean enormes y muchas familias hayan visto irse con el agua todo su patrimonio —casa, coche, muebles, electrodomésticos, recuerdos…—, al menos queda el consuelo de saber que ellos están bien y que, con mucho esfuerzo y con las ayudas necesarias, van a poder reconstruir sus vidas.
En la misma situación se encuentran muchísimas pymes y autónomos, que de la noche a la mañana han visto sus instalaciones sepultadas por el lodo que ha traído la DANA, así como toda su maquinaria y equipamiento.
Como consecuencia de ello, no sólo se han visto obligadas a paralizar totalmente su actividad, por lo que dejarán de tener ingresos durante algún tiempo, sino que también tendrán que afrontar cuantiosas pérdidas materiales.
La respuesta de Gobierno no se ha hecho esperar y acaba de presentar el primer paquete de ayudas a los hogares, empresas, autónomos y ayuntamientos afectados por la DANA, como contamos en EMPRENDEDORES.
Además, la penetración de seguros como el de autos, multirriesgo de hogar y multirriesgo de empresa es bastante elevada en nuestro país, por lo que buena parte de las pérdidas podrán ser subsanadas por las indemnizaciones contempladas en estas pólizas.
De acuerdo con los datos de Unespa, patronal del sector asegurador, en España están asegurados 33,4 millones de vehículos, 21,4 millones de hogares (74% del total de viviendas en España), miles de comunidades de propietarios, más de 1,5 millones de comercios y 0,8 millones de instalaciones industriales.
Pese a que los riegos extraordinarios quedan excluidos de las coberturas de estos seguros, esto no quiere decir que sean desatendidos, sino que tales riesgos quedan cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
Esta figura, única en el panorama asegurador mundial y ejemplo de buen hacer, es una entidad pública adscrita al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa encargada de gestionar e indemnizar los daños o pérdidas materiales y personales provocados por catástrofes naturales, denominados “riesgos extraordinarios”, como las inundaciones causadas por la reciente DANA, tempestades ciclónicas atípicas, embates de mar, terremotos, etc.
Para ello, cuando pagamos nuestro seguro, la entidad con la que contratamos la póliza añade el recargo correspondiente a la tarifa de riesgos extraordinarios que se destina al CCS, con el fin de dar cobertura a los mismos, mutualizando así dichos riesgos, imposibles de cubrir por el sector asegurador por sí solo.
¿Qué cubre el CCS?
El CCS especifica en su web qué seguros cuentan con su respaldo ante riesgos extraordinarios y las condiciones exigidas para ello. “En lo que se refiere a los daños materiales que se hubieran producido, su póliza ha de estar al corriente de pago y cubrir al menos uno de los riesgos más habituales: incendio, robo, rotura de cristales, etc., o bien modalidades combinadas; es decir, debe tener contratada una póliza de las denominadas de incendios, robo, combinado o multirriesgo vivienda, combinado o multirriesgo de comercio, de talleres o de industria”, detalla.
Además, especifica que “si la póliza de seguro incluyera la cobertura de pérdida de beneficios por la paralización de la actividad, de inhabitabilidad, pérdida de alquileres o análogas, el Consorcio ahora ya indemniza dichas pérdidas cuando se produjeran por un daño material ocasionado en los bienes asegurados a consecuencia de un riesgo extraordinario”.
En el caso de la reciente DANA, el CCS ha emitido un nota informativa en la que precisa que indemnizará “los daños en los bienes asegurados, ya se trate de viviendas o comunidades de propietarios; vehículos automóviles; locales de oficina; establecimientos comerciales y de servicios y otros inmuebles de uso no industrial; industrias; y obras civiles e infraestructuras, ya fueran todos los citados bienes de titularidad privada o pública”.
De igual modo, señala que “indemniza tanto los daños materiales producidos por la inundación, como los daños inmateriales que sean consecuencia de aquellos, como pueden ser la pérdida de alquileres de propietarios de inmuebles, los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda, o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales, de servicios o industriales”.
¿Cómo reclamar los daños de la DANA?
El CCS explica que las solicitudes de indemnización pueden presentarse directamente por el propio asegurado afectado por la DANA, por su aseguradora o por su mediador de seguros.
La reclamación se puede realizar telemáticamente a través de su web o mediante una llamada al centro de atención telefónica del CCS (900222665), en la que será preciso facilitar los datos identificativos del asegurado y de las personas o bienes que han sufrido los daños que tengan seguro.
Además, aunque hayan transcurrido ya los 7 días siguientes a la ocurrencia del siniestro en los que la Ley de Contrato de Seguro indica que hay que notificar el siniestro, el CCS recuerda que registrará y gestionará todas las solicitudes de indemnización que reciba, aunque haya transcurrido dicho plazo.
Consejos para una gestión eficaz
La correduría de seguros Jhasa apunta una serie de consejos que te ayudarán a gestionar de manera adecuada y eficaz la reclamación si tu empresa se ha visto afectada por la DANA.
Notifica cuanto antes
Como decíamos anteriormente, el CCS registrará las notificaciones que lleguen más de una semana después del siniestro, pero Jhasa recomienda contactar cuanto antes con tu aseguradora, correduría o agente de seguros para notificar el siniestro inmediatamente.
Documenta todo con fotos y vídeos
“Debido a las circunstancias, es posible que se retrase la llegada de peritos o que la propia emergencia impida la inmovilización de enseres y maquinaria afectada por la DANA. Por ello, en la medida de lo posible, es necesario documentar los daños mediante fotografías y vídeos, cualquier daño a bienes inmuebles o muebles, flota de vehículos u otros elementos asegurados, así como de las tareas de desbarre, limpieza o reparación que sean realizadas. Esta documentación visual facilitará la gestión de los expedientes y ayudará a evaluar adecuadamente las pérdidas”, recalca la correduría.
Registra tus actividades y gastos
“Hay que llevar un control y relación de las actividades y tiempos realizados por el personal de la empresa, así como de sus gastos correspondientes con relación al desbarre, desescombro y limpieza de los bienes afectados por el siniestro. De igual modo, es muy valorable llevar un control de gastos mediante una cuenta contable específica”, subraya Jhasa.
Especial atención a maquinaria sensible o valiosa
“En caso de que la empresa vea afectada la maquinaria más sensible o valiosa, se deberá chequear previamente a su puesta en marcha, especialmente con respecto a su suministro eléctrico, para evitar posibles cortocircuitos, derivaciones o similares”, apunta el bróker.
De este modo, aconseja la revisión previa de la instalación eléctrica o esperar a que los peritos y equipos de emergencia hayan evaluado la situación.
Recopila toda la documentación
En una situación como ésta puede ser complicado recabar la documentación, ya que muchos papeles se habrán perdido con la DANA. No obstante, siempre que sea posible, Jhasa recuerda que será de gran ayuda contar con documentos como pólizas de seguro, facturas de compra y documentos de propiedad. “De este modo, las aseguradoras pueden agilizar el proceso de reclamación”, reseña.